Índice
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Cámara De
Compensación
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Objetivo De la
Cámara de Compensación
·
Función de la
Cámara de Compensación
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Agente Rector de
la Cámara de Compensación
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Cámara de
Compensación Electrónica
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Alcance que tiene la Cámara de Compensación Electrónica
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Características
de la Cámara de Compensación Electrónica
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Factores
que Intervienen en el Sistema de Compensación
CÁMARA DE COMPENSACIÓN EN VENEZUELA
La Cámara de Compensación es un sistema mediante el
cual las instituciones financieras y los banqueros de una misma plaza acuden
para liquidar las obligaciones mutuas derivadas de los documentos que cada uno
posee, ya sea en su propio nombre, o en el de sus agencias, sucursales
relacionadas, clientes y otros bancos o banqueros.
El objetivo de la
Cámara de Compensación consiste en eliminar el riesgo derivado del posible
incumplimiento del pactado por alguna de las partes contratantes. La cámara de
compensación se constituye por lo tanto en el garante del buen fin y seguridad
financiera de los contratos y hace la contrapartida de los compradores y
vendedores, de tal forma que se convierte en comprador para el vendedor y de
vendedor para el comprador.
Esto supone que la cámara se
compromete a hacer entrega del activo al comprador y de realizar el
correspondiente pago al vendedor en la fecha de vencimiento del contrato de
futuros. También tiene por misión facilitar los movimientos y transferencias de
títulos y fondos resultantes de las distintas negociaciones, cargando y
abonando tales movimientos en la cuenta de sus miembros.
La existencia de la Cámara
de Compensación permite que las
partes negociadoras de un contrato no se obliguen entre sí, sino que lo hacen
con respecto a la Cámara, lo que supone eliminar el riesgo de contrapartida y
permitir el anonimato de las partes en el proceso de contratación. Y sus funciones son:
1. Actúa como contrapartida de las partes
contratantes, siendo comprador para la parte vendedora y vendedor para la parte
compradora.
2. Determina diariamente los depósitos de garantía por
posiciones abiertas.
3. Liquida diariamente las pérdidas y ganancias.
4. Liquida los contratos al vencimiento.
El Banco Central de Venezuela es
el agente rector del Sistema de Cámaras de Compensación, las cuales funcionarán en las áreas
geográficas determinadas por el Banco Central de Venezuela y a través de las
oficinas de los bancos autorizados para tal efecto por éste en aquellas áreas
en las cuales el Banco Central de Venezuela no administre directamente el
funcionamiento de la Cámara respectiva. Formarán parte de cada Cámara de
Compensación, las oficinas principales, sucursales y agencias de las
instituciones financieras establecidas en cada una de las respectivas áreas
geográficas, que hayan sido debidamente inscritas en el correspondiente Banco
Compensador.
Los bancos autorizados para administrar una
determinada Cámara de Compensación, así como las instituciones autorizadas para
administrar el procedimiento de intercambio físico de cheques actuarán, en lo
relativo al servicio de compensación e intercambio de cheques, como agentes del
Banco Central de Venezuela. Existen 40 Cámaras de Compensación en el país.
La Cámara de Compensación Electrónica:
Es una asociación
voluntaria de carácter oficial integrada por instituciones financieras de una
determinada plaza, que tiene como finalidad saldar las obligaciones recíprocas
entre los entes compensadores. Su basamento legal es: 1. Ley del
Banco Central de Venezuela, publicada en G.O. No. 38.232 Extraordinario del
20/07/05. Artículo 21, Numeral 18. 2. Reglamento del Sistema de Cámara de
Compensación Electrónica de Cheques, publicado en G.O. No. 38.150 del 18/03/05.
3. Contratos de Adhesión a la Cámara de Compensación Electrónica firmados por
las Instituciones Financieras Participantes.
La
Cámara de Compensación Electrónica presta servicio durante las 24 horas del día
a las Instituciones Financieras Participantes, desde el lunes a las 6:00 am
hasta el sábado a las 7:00 am, en el área de soporte técnico y operativa. Todo
lo que tenga que ver con la operación, administración y gestión de la Cámara de
Compensación Electrónica estará exclusiva y únicamente a cargo del Banco
Central de Venezuela, el cual dictará las normas que garanticen su
funcionamiento, control y seguimiento.
Alcance que tiene la Cámara de Compensación Electrónica
1. Ser el único a nivel
nacional que compense todos los medios de pago.
2. Documentos a ser
compensados: Cheques y en un futuro las transferencias de débito y crédito.
3. Transmisión y
procesamiento de electrónico de información.
4. Liquidación en BCV
5. Acreditación T+1 (acreditación actual-1día)
6. Adecuación de
horarios.
7. Servicio bajo
esquema tarifario
8. Gestión integral de
riesgos.
Características
de la Cámara de Compensación Electrónica
1.
Preferencia de la información electrónica
2.
Se mantiene el intercambio físico.
3.
Automatización de liquidación en BCV.
4.
Adecuación de la plataforma tecnológica de las Instituciones Financieras
Participantes y del BCV
5.
Estandarización de documentos a compensar.
El
BCV, como ente rector del sistema de compensación, le corresponde elaborar las
políticas, coordinar regulaciones y estándares, proveer la mayor parte de los
servicios de pago y liquidación en el país, y regular las operaciones
identificando en forma previa los posibles riesgos que enfrentan las
instituciones financieras, en los procesos de compensación y liquidación de sus
transacciones, dada su importancia en el desarrollo económico.