CÁMARA DE COMPENSACIÓN EN VENEZUELA






 Barinas, 2018




Índice

·        Cámara De Compensación
·        Objetivo De la Cámara de Compensación
·        Función de la Cámara de Compensación
·        Agente Rector de la Cámara de Compensación
·        Cámara de Compensación Electrónica
·        Alcance que tiene la Cámara de Compensación Electrónica
·        Características de la Cámara de Compensación Electrónica
·        Factores que Intervienen en el Sistema de Compensación




                             CÁMARA DE COMPENSACIÓN EN VENEZUELA

La Cámara de Compensación es un sistema mediante el cual las instituciones financieras y los banqueros de una misma plaza acuden para liquidar las obligaciones mutuas derivadas de los documentos que cada uno posee, ya sea en su propio nombre, o en el de sus agencias, sucursales relacionadas, clientes y otros bancos o banqueros.

El objetivo de la Cámara de Compensación consiste en eliminar el riesgo derivado del posible incumplimiento del pactado por alguna de las partes contratantes. La cámara de compensación se constituye por lo tanto en el garante del buen fin y seguridad financiera de los contratos y hace la contrapartida de los compradores y vendedores, de tal forma que se convierte en comprador para el vendedor y de vendedor para el comprador.

Esto supone que la cámara se compromete a hacer entrega del activo al comprador y de realizar el correspondiente pago al vendedor en la fecha de vencimiento del contrato de futuros. También tiene por misión facilitar los movimientos y transferencias de títulos y fondos resultantes de las distintas negociaciones, cargando y abonando tales movimientos en la cuenta de sus miembros.

La existencia de la Cámara de Compensación permite que las partes negociadoras de un contrato no se obliguen entre sí, sino que lo hacen con respecto a la Cámara, lo que supone eliminar el riesgo de contrapartida y permitir el anonimato de las partes en el proceso de contratación. Y sus funciones son:

1. Actúa como contrapartida de las partes contratantes, siendo comprador para la parte vendedora y vendedor para la parte compradora.

2. Determina diariamente los depósitos de garantía por posiciones abiertas.

3. Liquida diariamente las pérdidas y ganancias.

4. Liquida los contratos al vencimiento.

El Banco Central de Venezuela es el agente rector del Sistema de Cámaras de Compensación, las cuales funcionarán en las áreas geográficas determinadas por el Banco Central de Venezuela y a través de las oficinas de los bancos autorizados para tal efecto por éste en aquellas áreas en las cuales el Banco Central de Venezuela no administre directamente el funcionamiento de la Cámara respectiva. Formarán parte de cada Cámara de Compensación, las oficinas principales, sucursales y agencias de las instituciones financieras establecidas en cada una de las respectivas áreas geográficas, que hayan sido debidamente inscritas en el correspondiente Banco Compensador.

Los bancos autorizados para administrar una determinada Cámara de Compensación, así como las instituciones autorizadas para administrar el procedimiento de intercambio físico de cheques actuarán, en lo relativo al servicio de compensación e intercambio de cheques, como agentes del Banco Central de Venezuela. Existen 40 Cámaras de Compensación en el país.

La Cámara de Compensación Electrónica:

Es una asociación voluntaria de carácter oficial integrada por instituciones financieras de una determinada plaza, que tiene como finalidad saldar las obligaciones recíprocas entre los entes compensadores. Su basamento legal es: 1. Ley del Banco Central de Venezuela, publicada en G.O. No. 38.232 Extraordinario del 20/07/05. Artículo 21, Numeral 18. 2. Reglamento del Sistema de Cámara de Compensación Electrónica de Cheques, publicado en G.O. No. 38.150 del 18/03/05. 3. Contratos de Adhesión a la Cámara de Compensación Electrónica firmados por las Instituciones Financieras Participantes.

La Cámara de Compensación Electrónica presta servicio durante las 24 horas del día a las Instituciones Financieras Participantes, desde el lunes a las 6:00 am hasta el sábado a las 7:00 am, en el área de soporte técnico y operativa. Todo lo que tenga que ver con la operación, administración y gestión de la Cámara de Compensación Electrónica estará exclusiva y únicamente a cargo del Banco Central de Venezuela, el cual dictará las normas que garanticen su funcionamiento, control y seguimiento.

Alcance que tiene la Cámara de Compensación Electrónica

1. Ser el único a nivel nacional que compense todos los medios de pago.
2. Documentos a ser compensados: Cheques y en un futuro las transferencias de débito y crédito.
3. Transmisión y procesamiento de electrónico de información.
4. Liquidación en BCV
5. Acreditación T+1 (acreditación actual-1día)
6. Adecuación de horarios.
7. Servicio bajo esquema tarifario
8. Gestión integral de riesgos.

Características de la Cámara de Compensación Electrónica
1. Preferencia de la información electrónica
2. Se mantiene el intercambio físico.
3. Automatización de liquidación en BCV.
4. Adecuación de la plataforma tecnológica de las Instituciones Financieras Participantes y del BCV
5. Estandarización de documentos a compensar.
El BCV, como ente rector del sistema de compensación, le corresponde elaborar las políticas, coordinar regulaciones y estándares, proveer la mayor parte de los servicios de pago y liquidación en el país, y regular las operaciones identificando en forma previa los posibles riesgos que enfrentan las instituciones financieras, en los procesos de compensación y liquidación de sus transacciones, dada su importancia en el desarrollo económico.