RIESGO BANCARIO






Barinas, 2018







Índice

  • ·        Riesgo bancario
  • ·        Tipos de riesgo bancario

ü Riesgo financiero
ü Riesgo de tasa de interés
ü Riesgo de liquidez
ü Riesgo cambiaros
ü Riesgo tecnológico
ü Riesgo de mercado
ü Riesgos operativos
ü Riesgo país
ü Riesgo de precio
ü Riesgo legal
  • ·        Riesgo de Crédito Según Ley General de Bancos y demás Instituciones Bancarias






                                                      RIESGO BANCARIO

El Riesgo Bancario se define como la probabilidad o proximidad de sufrir algún tipo de perjuicio, perdida o daño; en sentido financiero, se entiende por riesgo como la posibilidad de sufrir pérdidas económicas o la incertidumbre relativa en la rentabilidad esperada de un activo. En los mercados eficientes existe una relación directa entre rentabilidad y riesgo, es decir, los mayores rendimientos de un activo se encuentra acompañado de mayores riesgos.

       El riesgo bancario, en la mayoría de las veces se presenta por el volumen de créditos y otras facilidades crediticias que el conjunto de entidades financieras tienen concedido a sus clientes y por ende es asumido por la institución. Las principales fuentes de riesgo en las entidades de crédito son variadas, lo cual sus tipos son :

1.  Riesgo Financiero: Un evento de riesgo financiero sucede cuando exista la posibilidad de que se produzca un acontecimiento que conlleve a pérdidas materiales en el resultado de las operaciones y actividades que desarrollen las instituciones financieras. 

2. Riesgo de Tasa de Interés: Es la afectación de la situación financiera por posibles pérdidas derivadas de movimientos adversos en las tasas de interés. Este riesgo impacta en las ganancias y el valor económico de sus activos, obligaciones e instrumentos fuera del balance. Su origen depende de las diferentes estructuras de plazos de vencimientos de los activos, pasivos y operaciones de futuro, cuyas renovaciones a nuevos tipos de interés se pueden traducir en reducciones en el margen de intermediación de futuro.

3. Riesgo de Liquidez: Se manifiesta por la incapacidad de las instituciones financieras para comprar u obtener de algún otro modo los fondos necesarios, ya sea incrementando los pasivos o convirtiendo activos, para cumplir sus obligaciones  y fuera del balance, en la fecha de vencimiento, sin incurrir en pérdidas inaceptables.

4. Riesgo Cambiaros: Se deriva de las fluctuaciones de las paridades de las divisas al que se exponen las instituciones financieras cuando fijan sus contratos en monedas diferentes a la moneda de circulación corriente nacional. Es decir la posición en una divisa se define como la diferencia entre los activos mas las compras a largo plazo y los pasivos más las ventas a largo plazo, en una determinada moneda, diferente a la moneda utilizada por la entidad, el riesgo de cambio es la posibilidad de que movimientos adversos en la cotización de la divisa originen perdidas por el hecho de mantener una determinada posición en la misma.

5. Riesgo Tecnológico: Es la exposición que tienen las instituciones financieras a pérdidas por posibles debilidades en el sistema tecnológico, dado su peso en la actividad bancaria.

6. Riesgo de Crédito: Es la posibilidad de que se produzcan pérdidas como resultado del incumplimiento de pago de clientes y/o contrapartes, con el contrato estipulado. Este riesgo se encuentra no sólo en préstamos sino también en otras exposiciones dentro y fuera del balance como garantías, aceptaciones e inversiones en valores, entre otros. También es conocido como riesgo de solvencia. Su gestión dependerá del trabajo del banco, puesto que su actividad implica conceder créditos para obtener un beneficio.

7. Riesgo de Mercado: Es el riesgo en que una entidad de crédito incurre por el hecho de que el valor de determinadas posiciones en el balance, o fuera de él se vean afectadas como consecuencia de variaciones en los precios del mercado: de valores, de tipos de interés, de tipos de cambio, etc. En este riesgo se incurre por tener determinadas posiciones en el balance que son evaluadas contablemente a precios de mercado ( la cartera de negociación) en consecuencia, el riesgo de mercado se materializa ante movimientos del mercado tales que exigen registrar pérdidas en las posiciones de balance evaluadas a precios de mercado.

8. Riesgos Operativos: Es el que deriva de los registros inadecuados en tiempo y forma, de las transacciones de la entidad, originados por la falta de tiempo, volumen, procedimientos no automáticos, etc. El proceso de compensación bancaria, consiste en realizar cobros y pagos por volúmenes importantes, la mayor parte de los cuales deben quedar realizados al final del día y con exactitud, requiere el uso de sistemas electrónicas cuyos fallos por error o fraude, pueden dar lugar a importantes pérdidas a una entidad.

9. Riesgo País: Evento que puede suceder cuando un conjunto de prestatarios de una nación sean incapaces de cancelar los intereses y de devolver el principal de sus deudas a sus acreedores extranjeros.

10. Riesgo de Precio: Es el riesgo actual y potencial sobre los ingresos o el capital que surge de los cambios en el valor de los portafolios de instrumentos financieros. Este riesgo se origina de negociar, valor a precio de mercado y de tomar posiciones en las tasas de interés, moneda extranjera y mercado de valores.

11. Riesgo Legal: Es la contingencia de pérdida que emana del incumplimiento de la institución financiera con las leyes, normas, reglamentos, prácticas establecidas o normas de ética de cualquier jurisdicción en la que lleva a cabo sus actividades.

Según  Ley General de Bancos y demás Instituciones Bancarias:

Artículo 192. Los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras deberán enviar a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, en los plazos y con las especificaciones que ésta indique, una relación pormenorizada de sus deudores, a los fines de mantener actualizado dicho sistema. Toda la información contenida en este sistema tendrá carácter confidencial en los términos que señalen las normas que dicte al efecto la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

De esta forma, la Administración Integral de Riesgos, se define como un conjunto de objetivos, políticas, procedimientos y acciones que se implementan para identificar, medir, monitorear, limitar, controlar, informar y revelar los distintos tipos de riesgos a que se encuentran expuestas las instituciones financieras.

Un concepto fundamental en el estudio de modelos de alerta temprana es el de crisis bancaria. Países con economías emergentes y países con economías desarrolladas las han experimentado, esto indica, la necesidad de investigar, el por qué y cómo ocurren las crisis bancarias, así como las medidas propuestas para solventarlas.